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¿Competencia fiscal entre provincias? Del federalismo solidario al sálvese quien pueda

El Gobierno Nacional propone dividir el actual IVA del 21% en dos partes: un 10% que seguiría siendo nacional, y un porcentaje restante (hasta 11%) que cada provincia podría establecer y cobrar por su cuenta. La idea se vende como una oportunidad de autonomía, pero los datos muestran otra cosa: no se trata de más poder para las provincias, sino de más desigualdad.

Por Roque Guillermo Benedetto
Contador Público y Abogado


Según el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), si se aplica este modelo, solo seis jurisdicciones (CABA, Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Chubut y Neuquén) saldrían beneficiadas, las restantes 18 provincias perderían, y algunas perderían mucho. Entre Ríos se encuentra en ese segundo grupo. Lejos de fomentar un federalismo saludable, este cambio recrea una competencia desigual donde las provincias con mayor consumo consolidado ganan, y el resto, simplemente, pierde.
Casi el 50% de la coparticipación depende del IVA: una reforma que exige máxima responsabilidad 4n132u
Antes de evaluar cómo se distribuye el IVA, es importante dimensionar el volumen total de recursos tributarios que istra el Estado Nacional, que en abril de 2025, la recaudación tributaria alcanzó los $13.681.771 millones, según datos de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Los cinco recursos más relevantes explican el 91% de ese total: 1) IVA: $4.714.093 millones, 2) Seguridad Social: $3.597.218 millones, 3) Ganancias: $2.450.379 millones, 4) Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios: $1.055.300 millones y 5) Derechos de Exportación: $662.352 millones, números que muestran la centralidad del IVA en el sistema fiscal argentino ya que representa casi un 50% de la masa total de los recursos coparticipables, por lo que discutir un cambio en la lógica de su distribución, implicará alterar un componente estructural del sistema público argentino y por ende; el equilibrio fiscal y la eficiencia de recaudación tanto a nivel nacional como provincial.
El Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) proyecta, pero la economía digital desafía: Entre Ríos y 17 provincias ante un nuevo escenario de pérdida 5f3q26
Antes de avanzar en el análisis, es justo y necesario reconocer el alto valor técnico y científico del informe elaborado por el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) publicado en la red social X -ex Twitter- por Nadin Argañaraz, que constituye un insumo relevante para dimensionar, por primera vez de manera concreta, las posibles consecuencias fiscales de desdoblar la alícuota del IVA en un componente nacional y otro provincial.

Ahora bien, como todo modelo teórico, la estimación parte de ciertos supuestos y uno de ellos es que el consumo, y por ende la generación del IVA, se produce dentro del territorio de cada provincia, permitiendo distribuir la recaudación con criterios proporcionales al consumo, pero en la práctica esa suposición pierde fuerza frente a fenómenos cada vez más presentes: el comercio electrónico, el uso intensivo de plataformas digitales, la movilidad interjurisdiccional de los consumidores y la fuerte concentración de proveedores en los grandes centros urbanos, por lo que si el IVA provincial solo pudiera cobrarse sobre operaciones locales, esas transacciones quedarían fuera del alcance de las as tributarias como ATER, mientras el sistema de coparticipación actual redistribuye esos fondos de manera equitativa, el "Super IVA" los perdería, implicando una merma aún mayor a la estimada inicialmente para provincias como Entre Ríos, agravando un escenario que ya es comprometido.
Del bolsillo al presupuesto: el largo camino del IVA en el federalismo argentino m6b3s
Para comprender lo que está verdaderamente en juego con la reforma del IVA, es indispensable observar cómo se genera y cómo se reparte actualmente este impuesto a nivel nacional. La generación del IVA está directamente vinculada al nivel de consumo registrado en cada jurisdicción. Es decir, cuanto mayor es el consumo de bienes y servicios en una provincia, mayor es el monto de IVA que allí se origina.
Consumo, recaudación y federalismo: radiografía del IVA en Argentina 5w332k
Según datos del IARAF, basados en la estructura de consumo nacional, Buenos Aires genera el 41,97% del total del IVA en el país, seguida por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) con el 12,44%, Santa Fe (8,95%) y Córdoba (8,80%). Estas cuatro jurisdicciones explican por sí solas más del 70% del consumo nacional, y por tanto, de la recaudación del IVA.

En cambio, provincias del norte y el oeste argentino, como Catamarca (0,40%), La Rioja (0,50%) y Formosa (0,82%), tienen una incidencia muy baja en el consumo total, y por tanto, en la generación de IVA. Entre Ríos, por su parte, ocupa el sexto lugar en el ranking, con un 2,54% del consumo nacional.

Esto evidencia una fuerte concentración de la capacidad de generar recursos tributarios en pocas provincias, mientras que la mayoría depende estructuralmente del esquema de redistribución federal.

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Fuente: IARAF en base a ENGHO 2012 - Ministerio de Economía y Cepal Agrandar imagen
Fuente: IARAF en base a ENGHO 2012 - Ministerio de Economía y Cepal
Coparticipación del IVA: las provincias que subsidian al resto y las que dependen del reparto. Un delicado equilibrio en un sistema de solidaridad fiscal 4eh5a
Una vez recaudado, el IVA no queda en la provincia donde se originó. A través del régimen de coparticipación federal, ese recurso se redistribuye entre todas las jurisdicciones, siguiendo criterios establecidos por ley.

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Fuente: IARAF en base a ENGHO 2012 - Ministerio de Economía y Cepal Agrandar imagen
Fuente: IARAF en base a ENGHO 2012 - Ministerio de Economía y Cepal
Al comparar lo que cada provincia genera con lo que efectivamente recibe por coparticipación, se observan diferencias notables, pues Buenos Aires, por ejemplo, genera $41,97 de IVA, pero recibe sólo $11,18. Es decir, transfiere al sistema $30,79, perdiendo el 73% de lo que produce. CABA, que genera $12,44, recibe apenas $1,22: una pérdida del 90%. Provincias con baja generación de IVA reciben mucho más de lo que aportan. Catamarca, que genera $0,40, recibe $1,36: una ganancia del 240%. La Rioja y Formosa también se benefician con un flujo neto positivo gracias al sistema solidario.

Entre Ríos genera $2,54 y recibe $2,46 y refleja que la provincia depende del equilibrio que ofrece el sistema nacional y que en ausencia del régimen de coparticipación, Entre Ríos tendría que afrontar una pérdida del 3%, porcentaje que se incrementaría si se agregan otros factores como el comercio electrónico y la imposibilidad de fiscalizar ventas fuera de la provincia.
El impacto del "Súper IVA" en los ingresos de las provincias con un IVA del 10% nacional y 11% provincial 606y6p
Ahora bien, ¿qué pasaría si se implementara el “Super IVA”, dividiendo el tributo en un 10% nacional y un 11% provincial? El IARAF estimó el impacto: 18 provincias verían caer sus ingresos. Solo Buenos Aires, CABA, Córdoba, Santa Fe, Chubut y Neuquén saldrían ganando. El resto, perdería entre un 5% y un 75% de lo que reciben hoy.

Catamarca y La Rioja se ubican en el extremo negativo, con pérdidas superiores al 75%. Pero Entre Ríos tampoco escapa al problema: perdería el 14,9% de sus ingresos totales. Esa merma significa menos recursos para mantener hospitales, pagar salarios docentes o sostener la infraestructura de seguridad y justicia. Es decir, el “Super IVA” no solo desfinancia: obliga a elegir entre funciones básicas del Estado.

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Fuente: IARAF en base a ENGHO 2012 -Ministerio de Economía y Cepal Agrandar imagen
Fuente: IARAF en base a ENGHO 2012 -Ministerio de Economía y Cepal
El impacto en los municipios entrerrianos 67396n
El esquema del Súper IVA no solo afecta las finanzas provinciales: también tiene consecuencias profundas para los 83 municipios y más de 80 comunas de Entre Ríos (1).- Estas jurisdicciones dependen, en buena medida, de la coparticipación de impuestos nacionales y provinciales para sostener sus presupuestos, ejecutar obras, prestar servicios esenciales y pagar salarios.

El efecto de una caída proyectada del 14,9% en los ingresos de Entre Ríos bajo el nuevo régimen produciría una municipalización del ajuste, dejando a intendentes sin margen fiscal y con mayores responsabilidades sociales, por lo que cualquier discusión sobre el Super IVA debe incluir a los gobiernos locales, no solo como actores secundarios, sino como partes esenciales del federalismo territorial.
¿Un IVA del 81% en Catamarca, del 56% en Formosa, del 53% en La Rioja y del 40,4% en Entre Ríos? 1a664j
El absurdo fiscal de una reforma regresiva: más presión fiscal para las provincias que menos generan

La sumatoria de la alícuota nacional y provincial de IVA sería inferior al 21% en seis jurisdicciones: CABA, Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Chubut y Neuquén.

Por otro lado, las 18 jurisdicciones restantes tendrían una alícuota de IVA provincial superior al 11%, para compensar la pérdida de envíos coparticipables.

De estas 18 jurisdicciones, las tres con mayor alícuota provincial serían Catamarca, Formosa y La Rioja. Según este ejercicio, la sumatoria de la alícuota nacional y provincial en estas jurisdicciones sería de 81%, 56% y 53%, respectivamente (suponiendo iguales cantidades.

Según el mismo informe, para mantener el nivel de recursos actual, Buenos Aires necesitaría aplicar solo un 5,6% de alícuota provincial. CABA, apenas un 2,3%, en cambio, Entre Ríos debería aplicar un 30,4%, una cifra alarmante pues si sumamos a esa alícuota el 10% correspondiente al IVA nacional, el resultado es un IVA total del 40,4%, Un número que ningún consumidor podría afrontar, que pondría en jaque al comercio formal y que haría estallar los niveles de evasión. Lejos de fortalecer la autonomía fiscal, esta presión asfixiaría aún más a la economía local.

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Fuente: IARAF en base a ENGHO 2012 - Ministerio de Economía y Cepal Agrandar imagen
Fuente: IARAF en base a ENGHO 2012 - Ministerio de Economía y Cepal
En síntesis, el camino que propone el “Super IVA” lleva a un callejón sin salida: si Entre Ríos para mantener su nivel de ingresos presupuestarios debe aplicar un impuesto inviable cercano al 40%, el que además de ser una carga excesiva para consumidores y comercios, incentivaría la evasión y reduciría la actividad formal, que en lugar de mejorar la autonomía, provocaría desfinanciamiento y conflicto social.
Del diseño fiscal a la realidad provincial: los límites de ATER y de muchas as tributarias provinciales para asumir el desafío del IVA provincial 2dy5q
Cobrar y istrar un impuesto como el IVA requiere una infraestructura tecnológica robusta, inteligencia artificial aplicada a procesos tributarios, personal técnico especializado y coordinación fiscal de alcance interjurisdiccional. La ARCA -ex AFIP- ha desarrollado a lo largo del tiempo una arquitectura compleja que incluye sistemas de facturación electrónica obligatoria, monitoreo en tiempo real del crédito fiscal, inteligencia tributaria basada en algoritmos de riesgo, y auditoría digital integrada con bases de datos nacionales y provinciales.

En contrapartida, ATER carece de una plataforma tecnológica equivalente, No cuenta con sistemas de fiscalización inteligente, ni con motores de inteligencia artificial tributaria aplicados a grandes volúmenes de datos. La capacidad para detectar evasión en operaciones interjurisdiccionales es prácticamente nula, a lo que suma un problema estructural: la casi desaparición de los regímenes de información a partir de la implementación del Decreto 355/2025.-

Pretender que una istración tributaria provincial como ATER pueda asumir en el corto plazo el control y la fiscalización efectiva del IVA bajo este nuevo esquema, es delegar una función estratégica sin brindar los medios mínimos para ejercerla, provocando una caída inmediata en la eficiencia recaudatoria, un incremento de la evasión estructural y una erosión peligrosa de la capacidad operativa del Estado provincial.
El espejismo del IVA provincial. Más allá de la tecnología, el problema de fondo es la alícuota n1u3k
Incluso si ATER contara con toda la infraestructura tecnológica, recursos humanos capacitados y herramientas de inteligencia fiscal necesarias, la aplicación efectiva de una alícuota provincial del 30,4% seguiría siendo inviable pues desde el plano técnico, semejante carga tributaria atentaría contra la capacidad de cumplimiento voluntario del contribuyente, saturaría los niveles de tolerancia fiscal y distorsionaría los precios relativos, desde podría cuestionarse su razonabilidad, proporcionalidad y su eventual colisión con principios constitucionales como el de legalidad y capacidad contributiva, desde lo social generaría un clima de rechazo generalizado, con impacto directo en el consumo, en la percepción de legitimidad del tributo y en el vínculo ciudadano-Estado y desde el plano político, representaría un alto costo para cualquier fuerza gobernante, al dejar a la provincia en una posición de aislamiento respecto de otras jurisdicciones con menor presión fiscal.
¿Quién cobra, quién fiscaliza, quién decide? El rompecabezas operativo del Súper IVA, ¿una descentralización funcional o una delegación caótica? 5v5sy
Más allá del impacto económico proyectado, el Súper IVA plantea una serie de interrogantes estructurales que no han sido respondidos y que condicionan seriamente su viabilidad práctica, jurídica y operativa que deben ser resueltos antes de avanzar con su implementación pues afectan directamente el funcionamiento del sistema tributario, la coordinación institucional y la seguridad jurídica de las istraciones fiscales provinciales. Entre los diversos interrogantes a responder, se encontrarían:

1- ¿Quién cobrará el tramo provincial del IVA? No está claro si la percepción del impuesto estará a cargo de la ARCA de las agencias tributarias provinciales o de un esquema mixto. Esta definición es clave para evitar duplicidades, superposición de funciones y conflictos de competencia entre organismos.

2- ¿Quién gestionará el cobro istrativo y judicial? Si un contribuyente no paga el tramo provincial del IVA, ¿será ATER la encargada de intimar, ejecutar y eventualmente embargar, o lo hará la ARCA en su nombre? Sin una normativa específica de colaboración interjurisdiccional y cesión de facultades operativas y judiciales, este punto amenaza con generar inseguridad jurídica, lentitud procesal y vacío de autoridad efectiva.

3- ¿Quién tendrá a los registros nacionales y provinciales de contribuyentes? Para evitar la evasión y realizar fiscalizaciones efectivas, las provincias deberían tener pleno, oportuno y seguro a los datos de facturación, localización, movimientos y condición fiscal de los contribuyentes que maneja la nación, lo que podría entrar en tensión con el derecho a la privacidad fiscal, el principio de reserva de datos y las leyes de protección de la información tributaria.

4- ¿Quién definirá la política tributaria unificada? En caso de coexistencia del tramo nacional y provincial del IVA, es imprescindible clarificar si la política general será coordinada por un ente nacional o si cada provincia tendrá discrecionalidad total. En tal caso, ¿qué ocurre si el Estado nacional exime determinada actividad por razones estratégicas o sociales y una provincia decide no adherir a esa exención? ¿Se aplicaría el beneficio en forma parcial, provocando distorsiones en la carga tributaria final?

5- ¿Qué documentación y plataforma digital se utilizarán? La implementación técnica requiere definir con claridad el formato de facturación, los formularios a utilizar para declarar, liquidar y pagar el componente provincial del IVA, los mecanismos de compensación de crédito fiscal, las interfaces con los sistemas contables de empresas y profesionales y fundamentalmente que plataforma se utilizará.

6- ¿Qué ocurrirá con las alícuotas especiales? El régimen actual del IVA contempla, además del esquema general del 21%, una alícuota diferencial del 27% aplicable a los servicios públicos, de telecomunicaciones, proveedores directos de gas o electricidad, entre otras.
Una reforma fiscal no se vota a ciegas: el Súper IVA pondrá a prueba quién defiende a su provincia q6d27
La propuesta de reforma del impuesto al valor agregado –conocida como “Super IVA”– requiere ser abordada con una mirada integral, que no se agote en sus aspectos fiscales y contables, sino que contemple con igual énfasis sus implicancias sociales, políticas e institucionales. La responsabilidad frente a este cambio no recae únicamente sobre los diputados y senadores nacionales por Entre Ríos; también compromete, de manera ineludible, al Gobernador, a los intendentes, concejales y a todos los dirigentes, sin distinción de banderías políticas.

Aceptar esta medida en los términos en que ha sido planteada, sin una reforma paralela y coherente del régimen de coparticipación federal, supone convalidar una transferencia de obligaciones sin una correlativa transferencia de recursos, lo que implica aceptar que provincias como Entre Ríos presten funciones esenciales del Estado con medios insuficientes, poniendo en riesgo no sólo el equilibrio financiero, sino también la gobernabilidad y la cohesión institucional.

Desde una perspectiva social, el impacto sería inmediato: se verá comprometido el financiamiento de servicios esenciales, aumentará la presión tributaria sobre los sectores medios y bajos, y crecerá el riesgo de fragmentación territorial, socavando los pilares discursivos y simbólicos de un país federal y solidario.

Autonomía sin herramientas no es federalismo: es abandono, pues el Super IVA no empodera a las provincias: las aísla, les traslada un problema sin brindarles los medios para afrontarlo. Defender un país más equitativo y cooperativo no es rechazar el cambio, sino exigir que las transformaciones sean racionales, inclusivas y sostenibles. Las provincias deben crecer, sí, pero no a costa de su gente ni de su integridad institucional.

(1) https://portal.entrerios.gov.ar/haciendayfinanzas/relacionesconmunicipios/pf/gobiernoslocales/3503

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